¿Qué es el pagaré y cómo se exige su cumplimiento?
Cuando vas a prestar dinero, lo primero que se te viene a la mente es comprar un pagaré en la papelería de la esquina, ¿cierto? Ese papelito tan común es en realidad un título de crédito con efectos legales muy potentes, y en el mundo del arrendamiento aparece casi siempre: como recibo de pago, como respaldo de las rentas o como garantía. El problema es que la mayoría de los propietarios lo llena mal, y un pagaré mal hecho vale poco a la hora de cobrar. En esta guía te explicamos, sin tecnicismos, qué es un pagaré, qué debe contener para ser válido, qué intereses puede incluir y cómo se exige su cumplimiento cuando alguien no paga.
En este artículo
- Qué es un pagaré (y por qué importa tanto)
- Requisitos legales: qué debe contener para ser válido
- Quién es el suscriptor y qué responsabilidad tiene
- Intereses: ordinarios y moratorios
- Cómo se exige su cumplimiento
- El pagaré en el arrendamiento: usos y errores comunes
01Qué es un pagaré (y por qué importa tanto)
- Es un título de crédito nominado regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Una persona —el suscriptor— promete y se obliga a pagar a otra —el beneficiario— una suma de dinero cierta
- El pago se promete en un plazo determinado y puede incluir intereses
- En arrendamiento se usa muy seguido como recibo de pago o como respaldo de las rentas
02Requisitos legales: qué debe contener para ser válido
- La mención de ser 'pagaré', escrita dentro del propio texto del documento
- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero
- El nombre de la persona a quien debe hacerse el pago (el beneficiario)
- La época y el lugar de pago
- La fecha y el lugar en que se suscribe el documento
- La firma del suscriptor, o de quien firme a su ruego o en su nombre
03Quién es el suscriptor y qué responsabilidad tiene
- El suscriptor es el principal obligado: debe pagar a cualquier tenedor legítimo del pagaré
- Cuando el suscriptor paga, el pagaré se extingue y termina su vida jurídica
- Una vez pagado, ya no tiene acción contra ningún otro firmante del documento
- Conviene siempre recuperar y cancelar el pagaré original al momento del pago
04Intereses: ordinarios y moratorios
- Intereses ordinarios: la tasa que las partes pacten libremente como rendimiento del préstamo; no hay tope mínimo ni máximo fijado por ley
- Intereses moratorios: la penalización por cada día de atraso después del vencimiento, y suele fijarse a una tasa mayor
- Si no se pactan intereses ordinarios, se entiende que el beneficiario no quiso cobrarlos
- Si no se pactan intereses moratorios, aplica el 6% conforme al artículo 362 del Código de Comercio
05Cómo se exige su cumplimiento
- Al vencimiento, el pago comprende la suerte principal más los créditos caídos (intereses devengados)
- El descuento de un pagaré no vencido se calcula a la tasa pactada o, en su defecto, a la tasa legal
- Los intereses moratorios se computan a la tasa estipulada para ellos
- Si no se paga, procede el juicio ejecutivo mercantil, que permite embargo de bienes desde el inicio
06El pagaré en el arrendamiento: usos y errores comunes
- Puede ser prendario: garantizar una obligación principal contenida en el propio pagaré, dando en garantía bienes muebles
- En la práctica se usa como recibo de pago de rentas, lo que no siempre es lo más conveniente
- Sustituye en muchísimas operaciones a la letra de cambio en la vida mercantil
- Para un propietario, lo ideal es combinarlo con un contrato bien redactado y una póliza jurídica, no usarlo aislado
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